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Registro Único de Violencia de Género contra las Mujeres

Antecedentes.

  • La Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres define la creación de El Registro Unico de Violencia contra las Mujeres será la información nacional unificada de actos de violencia contra las mujeres, que tendrá como propósito caracterizar la problemática y actualizar la información generada por los miembros del Sistema, la misma que servirá para la planificación y la puesta en marcha de políticas y estrategias que refuercen la prevención y la erradicación de la violencia contra las mujeres.
  • El Reglamento General de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en su Art.12 define como entidad responsable del RUV a la Secretaría de Derechos Humanos, “ente rector de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, en coordinación con el ente rector de Seguridad Ciudadana y Orden Público y el Consejo de la Judicatura.”