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Secretaría de Derechos Humanos participó en elaboración del «Protocolo para la prevención y contingencia del COVID-19 en la Zona Intangible Tagaeri, Taromenane y su área de influencia”

Quito, Ecuador.-  Delegados de la Secretaría de Derechos Humanos, Secretaría de Gestión de Riesgos, Fuerzas Armadas, Ministerio del Ambiente y Agua, entre otras instituciones, en el marco de la emergencia sanitaria por Coronavirus, elaboraron el «Protocolo para la prevención y contingencia del COVID-19 en la zona intangible Tagaeri, Taromenane y su área de influencia”.

El objetivo de la implementación de este protocolo es establecer un procedimiento a seguir por las instituciones competentes a fin de que actúen coordinadamente en territorio para atender las necesidades de la emergencia sanitaria, por el Coronavirus en las comunidades   que se encuentran en el área de influencia de la Zona Intangible Tagaeri- Taromenane (ZITT) y Parque Nacional Yasuní  (PNY).

El documento actualizado, junto con el documento “Anexo 1 Protocolo ZITT Lineamientos comunitarios” se encuentran vigentes desde el 19 de abril de 2020. En este contexto, la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio del Ambiente y Agua son responsables de receptar las notificaciones de sospecha de casos COVID-19 dentro de las comunidades que se encuentran en el área de influencia ZITT; mediante radio o teléfono satelital, las notificaciones son transmitidas desde las comunidades dentro de la ZITT o su área de influencia y remitidas al establecimiento de salud más cercano al área por parte de los funcionarios de la SDH y el MAEA. Por otra parte, el protocolo establece que el ingreso se realice a través de la Estación de Monitoreo de la Zona Intangible Tagaeri- Taromenane (EMZITT) y puestos de control del Parque Nacional Yasuní,  con el propósito de mantener un control de la entrada y salida de personas a las comunidades.

El Ministerio de Salud Pública es responsable de realizar las valoraciones de los casos sospechosos de COVI-19 dentro de las comunidades que se encuentran en la ZITT y su área de influencia, y debe coordinar con los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) la asignación del espacio adecuado para el aislamiento de las personas que lo necesitan. Durante su permanencia en el aislamiento, los GAD deberán proveer  de alimentación, servicios básicos e implementos de aseo personal y dotación de mascarillas de protección para el paciente y visitas. Adicionalmente, el MSP deberá coordinar con las Fuerzas Armadas el traslado del paciente desde el área de influencia de la ZITT hasta el lugar asignado por los GAD para el aislamiento y brindar atención en salud domiciliaria y hospitalaria de acuerdo a los lineamientos operativos de respuesta frente al COVID-19.

Por su parte, las Fuerzas Armadas deben apoyar para la movilización del personal de salud que acude a la valoración de pacientes de las comunidades que se encuentran en el área de influencia de la ZITT, mientras que la SDH y MAEA aportan con el apoyo de transporte fluvial para llegar a las comunidades.

Así también, la Secretaria General de Comunicación de la Presidencia está a cargo de dar apoyo para aprobar el material comunicacional de información y lineamiento para COVID-19, en comunidades de la ZITT y su área de influencia, de manera que la SDH pueda difundir el material comunicacional generado.